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La corte que juzga al “chapo “nunca lo pidió en extradición”

Revista Proceso

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August 26, 2018

 Una serie de pifias o incluso “chicanas”, al decir de su abogado, es lo único que mantiene a Joaquín Guzmán Loera preso en Manhattan, sometido a proceso por 17 cargos. La más evidente de ellas, afirma en entrevista el litigante Juan Pablo Badillo, es que la corte neoyorquina que juzga al Chapo nunca lo pidió en extradición, como sí lo habían hecho un tribunal californiano y otro texano, pero que no reclamaron al capo aun cuando éste ya se hallaba en territorio estadunidense… Por ende, apunta, el gobierno mexicano tiene la obligación de exigir la liberación inmediata de Guzmán Loera.

- Por Patricia Dávila

La corte que juzga al “chapo “nunca lo pidió en extradición”

La Corte de Nueva York que enjuicia a Joaquín El Chapo Guzmán Loera no tiene competencia legal para procesarlo, pues nunca lo solicitó en extradición. Fueron las cortes del Distrito Sur de California y del Distrito Oeste de Texas las únicas que lo requirieron formalmente, pero no reclamaron al capo aun cuando ya estaba en territorio estadunidense. Por lo tanto, el gobierno de Estados Unidos perdió la facultad para procesar al líder del Cártel de Sinaloa.

Así lo afirma en entrevista Juan Pablo Badillo Soto, quien sostiene que en México él es el único abogado de Guzmán Loera que continúa en su defensa. Señala que de manera “equivocada” Apolonio Ruiz Jr. y Brendan James Hanratty, empleados consulares de Estados Unidos que firmaron el acta de entrega de su cliente, lo llevaron a una tercera Corte, la federal del Distrito Este, en el Bajo Manhattan.

En dicha Corte se le procesa por 17 cargos, entre los que destacan homicidio, conspiración, uso ilegal de armas, lavado de dinero y tráfico de drogas. Cualquiera de ellos se puede castigar con cadena perpetua.

Explica Badillo: “El artículo 35 de la Ley de Extradición Internacional es claro; señala que cuando el Estado solicitante deje pasar el término de 60 días naturales desde el día siguiente en que el reclamado quede a su disposición, sin hacerse cargo de él, éste recobrará su libertad y no podrá volver a ser detenido ni juzgado ni entregado al propio Estado por el mismo delito que motivó la solicitud de extradición”.

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